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13 enero 2025

 

El nuevo reglamento de instalaciones nucleares y radiactivas (RINR) ha ampliado la vigencia de las licencias de operador y supervisor de instalaciones radiactivas distintas de las del ciclo combustible nuclear de 5 a 10 años por lo que no debe solicitarse la renovación, ni abonarse la tasa de aquellas que venzan a partir del 5 de diciembre de 2024, fecha de entrada en vigor del mismo.  

La formación de las personas que trabajan en las instalaciones radiactivas y de radiodiagnóstico se considera un elemento fundamental para conseguir que el funcionamiento de las mismas se realice en las condiciones de seguridad adecuadas y se garantice la protección de los trabajadores de las propias instalaciones y también de la población. Para asegurar que se obtiene un grado de formación aceptable, la legislación española requiere que las personas cuya actividad puede afectar a la seguridad o la protección radiológica de las instalaciones obtengan una licencia o una acreditación concedida por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).


ENLACE A LA PÁGINA DEL CSN




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